Regularizacion extraordinaria salamanca - Caro Lechuga Abogados

AVISO: ESTE NO ES EL TEXTO DEFINITIVO DE LA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA

En el segundo borrador publicado sobre la regularización extraordinaria se establece una nueva fecha a tener en cuenta, el 1 de enero de 2026. Es decir, podrán acogerse a esta regularización aquellas personas que se encuentran en España o que hayan tramitado una solicitud de protección internacional antes de esa fecha.

NOVEDADES DEL SEGUNDO BORRADOR DE LA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA

  • Las personas que se encuentren en situación de estancia o residencia no podrán solicitar la regularización extraordinaria.
  • Las personas que tengan una autorización de estancia o residencia en trámite, ya sea inicial, prórroga, renovación o modificación no podrán solicitar la regularización extraordinaria.
  • Aquellas personas que tengan en trámite un Arraigo del artículo 125 del Reglamento, presentado después del 20 de mayo de 2025 y antes de la entrada en vigor de la regularización extraordinaria, será concedido acreditando que no se tienen antecedentes policiales ni penales.

En base a la afirmación anterior, la Oficina de Extranjería no entrará a valorar, por ejemplo, la documentación relativa al contrato o los medios económicos de la empresa (arraigo sociolaboral), medios económicos o informe de integración (arraigo social), matrícula o informe de integración (arraigo socioformativo).

  • Para poder optar a la regularización se deberá acreditar la permanencia en España de manera ininterrumpida durante los cinco meses previos a la presentación de la solicitud y la carencia de antecedentes penales y policiales.

No se tendrán que aportar los antecedentes penales de los países de residencia anteriores si se hubiera residido durante los últimos cinco años en España o si ya se hubieran aportado en otra solicitud en los últimos cinco años y no se hubiera abandonado España desde entonces.

Una vez publiquen el texto definitivo de la regularización extraordinaria lo analizaremos en profundidad y comenzaremos a asignar las citas para la preparación y presentación de los expedientes.

¿Tienes alguna duda?

Estamos para ayudarte

Últimos artículos