¿Te han despedido y no sabes qué hacer?
Cuando una empresa realiza un despido, debe comunicarlo siempre por escrito a través de la carta de despido.
Este documento debe contener una serie de datos obligatorios, entre los que se incluyen la fecha en la que se hará efectivo el despido y las causas del mismo.
La carta de despido debe firmarse siempre, puesto que la firma sólo implica la notificación del despido, pudiendo presentar igualmente una reclamación en el caso de no estar conforme con el despido.
El otro documento que entrega la empresa es el documento de finiquito.
Este documento recoge todos los conceptos e importes que la empresa te debe a fecha del despido o extinción de la relación laboral.
La cantidad indicada debe ser puesta a disposición del trabajador en el momento de la firma del documento de finiquito.
Nuestra recomendación a la hora de firmar el documento de finiquito es indicar “no conforme”, para dejar abierta la posibilidad de reclamar cantidades no indicadas en el documento de finiquito o que no han sido abonadas.
Si no estás conforme con la decisión de la empresa, tienes un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de despido para impugnarlo, presentando en primer lugar una papeleta de conciliación ante el SMAC y en caso de no llegar a un acuerdo amistoso con la empresa, se debe presentar una demanda laboral por despido.
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