El Tribunal Supremo, en dos sentencias, una del 27 de junio y otra de este 16 de septiembre, avala que los ayuntamientos puedan cobrar una tasa a los propietarios de vehículos que utilicen la acera para acceder a sus garajes, independientemente de que esté ubicada sobre terreno privado.
El Tribunal Supremo fundamenta estas sentencias en que la acera es de dominio público, destinada a tránsito peatonal, por lo que el uso de la calzada para entrar y salir del garaje genera un aprovechamiento especial de este espacio público.
Esta Sentencia trae causa de un litigio entre una empresa y el Ayuntamiento de Burgos, que pretendía cobrar una tasa de 80 euros al año por el uso de la acera para acceder a su garaje, dándole la razón al Consistorio y permitiendo cobrar la tasa.
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