Gastos de hipoteca- Caro Lechuga Abogados

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto en las Sentencias de 25 de abril de 2024, asuntos C-484/21 y C-561/21, que el plazo de prescripción para reclamar la restitución de los gastos de hipoteca empieza cuando la cláusula es declarada nula por resolución judicial.

Hasta la fecha, las entidades bancarias alegaban la prescripción de la acción para reclamar la restitución de los gastos de hipoteca, teniendo en cuenta la fecha de firma de la escritura de préstamo hipotecario para iniciar este plazo de prescripción.

Esta Sentencia aclara la Sentencia de 25 de enero de 2024 del TJUE que determinaba que el cómputo del plazo de prescripción de la acción para reclamar debía comenzar en el momento en el que el consumidor tuviera constancia de que la cláusula de gastos que figuraba en su hipoteca era abusiva y, por lo tanto, nula.

Por lo tanto, con la última Sentencia del TJUE queda abierta la posibilidad de reclamar la restitución de los gastos de hipoteca abonados, puesto que el plazo de prescripción se inicia desde que el Juzgado declara la nulidad de la cláusula.

Si has firmado tu hipoteca antes del 16 de junio de 2019, tienes derecho a la devolución de los gastos de registro, gestoría, tasación y el 50% de los de notaría.

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