¿La estancia por estudios cuenta para la nacionalidad?

Muchos de nuestros clientes, a la hora de solicitar la nacionalidad española por residencia, nos hacen la siguiente pregunta: ¿Computa la duración de la estancia por estudios a los efectos del plazo de residencia legal exigido para solicitar la nacionalidad?

La respuesta a esta pregunta es NO.

El tiempo que una persona extranjera permanece en España con una autorización de estancia por estudios (inicial o prorrogada) no computa a efectos del cumplimiento del tiempo de residencia exigido para solicitar la nacionalidad española.

Pongamos como ejemplo a un ciudadano extranjero, nacional de un país iberoamericano, como por ejemplo Chile. En el supuesto de nacionales de países iberoamericanos se exige un periodo de residencia de 2 años.

Si este ciudadano chileno ha permanecido en España mediante una estancia por estudios durante cuatro años (porque ha realizado un Grado Universitario), este tiempo no le contaría para nacionalidad. Los dos años exigidos empezarían a contar una vez cambie su estatus de estancia a residencia, mediante cualquiera de las posibilidades que permite el reglamento de extranjería.

Si por ejemplo, al finalizar la estancia por estudios (con aprovechamiento) encuentra una oferta de trabajo, podría realizar la modificación de la estancia por estudios a un permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial. Este permiso inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena sí computaría para la nacionalidad.

En el ejemplo del ciudadano chileno, deberían transcurrir 2 años desde el inicio de este permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena para poder solicitar la nacionalidad española por residencia (en ese periodo no podría salir de España más de 3 meses consecutivos, porque se entendería que se ha interrumpido su residencia y el plazo empezaría a contar nuevamente). Es importante mencionar que, además del requisito de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, debe cumplir el resto de requisitos que exige la legislación para poder solicitar la nacionalidad española por residencia.

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