¿Es siempre gratuito un Abogado de Oficio? - Caro Lechuga Abogados

Muchas personas creen erróneamente que un Abogado de oficio es siempre gratuito, cuando no es así. Abogado de Oficio y Justicia Gratuita son dos términos diferentes.

Un Abogado de oficio es aquel profesional que está inscrito en el Turno de Oficio de un Colegio de Abogados y que es designado para defender los derechos de un cliente por uno de estos motivos:

a) Que el ciudadano demuestre que no dispone de los recursos necesarios para pagar a un Abogado o que el ciudadano, con independencia de sus medios económicos, sea víctima de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos (en juicios por su condición de víctimas), menor de edad o persona con discapacidad psíquica cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato. En este caso, solicitarán un Abogado de Oficio al Colegio de Abogados, que procederá a su designación y, además, serán beneficiarios de la Justicia Gratuita.

b) Que el ciudadano haya sido requerido para designar un Abogado de su elección y no haya nombrado a ninguno. En este supuesto, se designará a un Abogado del Turno de Oficio para que el cliente esté debidamente defendido y no se le cause indefensión en el procedimiento judicial. Un supuesto muy común es en los juicios por alcoholemia. En este tipo de juicios es obligatorio el nombramiento de Abogado y, para el supuesto de que no se nombre uno, se designará a un Abogado del Turno de Oficio que esté de guardia, debiendo abonarle los honorarios si no cumple los requisitos para ser beneficiario de la Justicia Gratuita.

En el supuesto a), el ciudadano será defendido por un Abogado del Turno de Oficio y, además, no tendrá que abonarle los honorarios, puesto que tendrá reconocida la justicia gratuita.

En el supuesto b), el ciudadano será defendido por un Abogado del Turno de Oficio y tendrá que abonarle los honorarios como si de un Abogado de su elección se tratara.

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