El Tribunal Supremo, en dos sentencias, una del 27 de junio y otra de este 16 de septiembre, avala que los ayuntamientos puedan cobrar una tasa a los propietarios de vehículos que utilicen la acera para acceder a sus garajes, independientemente de que esté ubicada sobre terreno privado.
El Tribunal Supremo fundamenta estas sentencias en que la acera es de dominio público, destinada a tránsito peatonal, por lo que el uso de la calzada para entrar y salir del garaje genera un aprovechamiento especial de este espacio público.
Esta Sentencia trae causa de un litigio entre una empresa y el Ayuntamiento de Burgos, que pretendía cobrar una tasa de 80 euros al año por el uso de la acera para acceder a su garaje, dándole la razón al Consistorio y permitiendo cobrar la tasa.
Últimos artículos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su reciente Sentencia de 12 de diciembre de 2024 abre la puerta a la declaración de nulidad de IRPH en los préstamos hipotecarios.
En el supuesto de ser ganador de “el Gordo”, estarán exentos de tributar...
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en la Sentencia 803/2024, ha declarado improcedente el despido...